lunes, 24 de agosto de 2020

TEMA: FORMAS DE DISCRIMINACIÓN SOCIAL, DIVERSIDAD ÉTNICO - CULTURAL Y MECANISMOS DE PROTECCIÓN DE DERECHOS

 


DERECHO BÁSICO DE APRENDIZAJE: Comprende que existen multitud de culturas y una sola humanidad en el mundo y que entre ellas se presenta la discriminación y exclusión de algunos grupos, lo cual dificulta el bienestar de todos. 

COMPETENCIAS CIUDADANAS: Pluralidad, identidad y valoración de las diferencias: Expreso rechazo ante toda forma de discriminación o exclusión social y hago uso de los mecanismos democráticos para la superación de la discriminación y el respeto a la diversidad. 


Lee con atención el siguiente texto: 


TIPOS DE DISCRIMINACIÓN SOCIAL


 La discriminación consiste en tratar a una persona, grupo o institución de manera diferente y perjudicial. Existen diferentes motivos de discriminación y todos ellos son igualmente injustos. La discriminación no es algo nuevo, durante toda la historia de la humanidad siempre se ha discriminado a otros individuos por cuestión de sus recursos, sus orígenes o inteligencia, e incluso a pueblos enteros por sus ideas diferentes en cuanto a la religión o la política. Las sociedades, sobre todo las sociedades occidentales, han evolucionado a lo largo de los años de un modo muy positivo, hasta hacer desaparecer estas formas de discriminación social, pero muchas de ellas siguen estando muy presentes. 

A. Discriminación individual frente a discriminación colectiva y discriminación institucional: Entendemos por discriminación individual aquella que se produce entre un individuo y otro. Es decir, cuando una persona trata de manera distinta y negativa a otra persona sin que exista una razón contextual diferenciada. La discriminación se enfrenta a la discriminación colectiva, que ocurre cuando se da un trato diferenciado de un grupo a otro, negativo e inferior por las mismas razones. La discriminación colectiva la sufren los colectivos LGTB por ejemplo, y se da en casos de discriminación racial, como en EEUU durante los años 60 y hasta hoy en día, o las presiones que sufren aquellas personas que profesan ciertas religiones en países islamistas. 

 B. Discriminación estructural: Hace referencia a la discriminación que surge de políticas institucionales. En estos casos, algunos supuestos favorecen de manera directa o indirecta a algunos individuos y perjudican a otros. Aunque las políticas de las instituciones deben ser justas para todos, esto no es siempre así. Una variante de esta discriminación estructural es la discriminación positiva, que busca el efecto contrario, promocionar a ciertos colectivos que socialmente son más desfavorecidos y de ese modo obtienen una representación más igualitaria y equitativa. Las mujeres en algunos supuestos, las minorías raciales o las personas con discapacidades están sujetos en ocasiones a estos casos de discriminación positiva. En la discriminación negativa ocurre lo contrario. La persona que es víctima de la discriminación es tratada de manera discriminada y perjudicial. Las personas con discapacidades la sufren a menudo a través de las barreras arquitectónicas, los límites en las infraestructuras que les impiden realizar su actividad diaria del mismo modo que las personas sin esas discapacidades. 

C. Discriminación directa e indirecta: La discriminación directa es el tipo de discriminación más fácil de detectar. Ocurre cuando una persona sufre un trato injusto de otra persona debido a sus características. Algunos ejemplos muy habituales es cuando no se acepta a una mujer en un empleo por el hecho de ser mujer o cuando se margina a las personas por su condición sexual. La discriminación directa es diferente a la discriminación indirecta, que es una forma de discriminación menos visible. Esta forma de discriminación en ocasiones pasa desapercibida, pero sigue siendo muy común. Los llamados micro machismos, comportamientos sexistas que atacan a la mujer de manera sutil y que no es tan fácil de ver pero que en realidad siguen siendo ofensivas para ciertos colectivos. 

D. Racismo o xenofobia: Es una de las formas de discriminación más conocidas. Es la discriminación en función de la raza o la etnia a la que la persona pertenece. Ocurre cuando un individuo o un grupo tratan con interioridad a otra persona o personas de otra raza u otro origen. En la actualidad es patente la discriminación hacia los refugiados y en ello se basa el ascenso que están viviendo muchas fuerzas xenófobas en Europa o la victoria de Trump en EEUU. 

E. Sexismo: Es otra de las formas de discriminación más conocidas, la persona que la practica infravalora a las personas del sexo opuesto. Las formas de discriminación sexista se manifiestan gracias al sistema heteropatriarcal, que establece que las mujeres están en una posición inferior respecto al hombre únicamente por el hecho de ser mujeres. 

F. Discriminación sexual: La discriminación sexual es aquella que sufren todas aquellas personas que presentan orientación o identidad sexual diferente. Los colectivos LGTB llevan décadas peleando por derribar estas barreras y estas formas de discriminación. En España estamos viviendo un caso de discriminación trasngénero que está ocupando portadas durante las últimas semanas, con el famoso autobús de Hazte Oir. La discriminación hacia individuos cuyo rol de género no se identifica con su sexo biológico también se llama transfobia. 

G. Discriminación por edad: Ocurre cuando el motivo de discriminación es la edad. Suele llevarse a cabo, sobre todo, en los aspectos laborales, en los que se considera que la edad idónea para trabajar es aquella comprendida entre los 25 y los 45 años. En el caso de las mujeres, muchas entidades discriminan precisamente a mujeres de esa edad porque es la edad fértil, cuando pueden ser madres, y muchos empresarios consideran que un embarazo en la empresa puede suponerles muchos perjuicios.

 

LA DIVERSIDAD ÉTNICA Y CULTURAL 


El artículo 7 de la Constitución Política plantea que: “El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación Colombiana”. Colombia es reconocida por su rica diversidad cultural expresada en la multiplicidad de identidades y expresiones culturales de los pueblos y comunidades que la conforman como Nación, los grupos étnicos representan, de acuerdo con el censo realizado por el DANE del año 2005, el 13.77% del total de la población colombiana, en donde la población afrodescendiente representa la mayoría con el 10,40%, seguida por los pueblos indígenas con 3,36% y el pueblo Rrom o gitano con el 0,01%. Esta diversidad se ve reflejada en el  hecho de que en Colombia además del castellano se hablan68 lenguas pertenecientes a grupos étnicos: 65 indígenas, dos lenguas criollas afrodescendientes (Creole y Palenquera) y el Romaní. En Colombia existen dos lenguas criollas habladas por agrupaciones étnicas de afro descendientes: Las comunidades palenqueras: presentes en San Basilio de Palenque, Barranquilla y Cartagena que totalizaban en el censo de 2005, 7.300 personas. Las comunidades raizales del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina: que totalizan alrededor de 59.573 personas. (Censo DANE 2005). 


EL DERECHO DE PETICIÓN Y LAS ACCIONES CONSTITUCIONALES DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DEL AMBIENTE 


A. Acción popular: Es el medio procesal para la protección de los derechos e intereses colectivos. Consagrada en el artículo 88 de la Constitución Política de Colombia. Este tipo de acción se ejerce para evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o para restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible. 

B. Acción de grupo: Este tipo de acción está concebida para ser interpuesta por un número plural o un conjunto de personas que reúnen condiciones uniformes respecto de la misma causa que originó perjuicios individuales para dichas personas. La acción de grupo se ejercerá exclusivamente para obtener el reconocimiento y pago de la indemnización de los perjuicios. 

C. Derechos de petición: El derecho de petición está consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y desarrollado en la Ley 1755 de 2015; con fundamento en él los ciudadanos pueden presentar peticiones a las autoridades, para que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular. 

D. Acción de tutela: Consagrada en el artículo 86 de la norma constitucional; busca proteger los derechos constitucionales fundamentales de los individuos “cuando cualquiera de estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública”. También se puede acudir a este mecanismo constitucional cuando con la acción o la omisión de los particulares que prestan servicios públicos se vulneran o ponen en peligro tales derechos. 

Fecha de entrega

Septiembre 17, en Asunto, por favor, poner Apellidos, nombre, grupo y el título de la actividad  (Formas de discriminación)  

ACTIVIDAD 

Formas de discriminación  

1. Escribe un ejemplo (caso o situación) para cada uno de los tipos de discriminación social mencionados en el texto anterior. 

2. Elabora un escrito en donde asumas una posición crítica frente a las situaciones de discriminación y exclusión social que resultan de las relaciones desiguales entre personas o culturas que observas en tu vida cotidiana y que vulneran el artículo 7 de la constitución política nacional. 

3. Escoge una de las herramientas constitucionales de protección de los derechos (acción popular, acción de grupo, derecho de petición o acción de tutela) y redacta una queja a presentar ante la autoridad competente de un caso de violación de derechos real o supuesto. 

4. Ubica en tu barrio o comuna las entidades jurídicas a donde puedes recurrir para la resolución pacífica de conflictos: jueces de paz, centros de conciliación, comisarías de familia; negociación, mediación, arbitramento. Escribe nombre, dirección y teléfono de la entidad que investigaste. 

5. Argumenta por qué es necesario rechazar las formas de discriminación, exclusión social o violencia que observas en tu barrio, comunidad o región hacia grupos o personas cuyos derechos han sido vulnerados (por ejemplo en situaciones de desplazamiento, de desventaja social, económica o de salud). 

6. Explica de qué manera valores como el de la tolerancia, el respeto a la diferencia y el diálogo son fundamentales para encontrar una salida a estos conflictos. 

7. Nombra los derechos que se están vulnerando en cada una de las siguientes caricaturas:

Imagen 1


Imagen 2


Imagen 3

Imagen 4



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